Tarifa de IVA para juegos de suerte y azar en 2025: actualización
En México, el juego de azar es una actividad regulada que genera ingresos tanto para operadores privados como para el Estado. Una de las cargas fiscales más relevantes que aplica a esta industria es el Impuesto al Valor Agregado (IVA). En este artículo te explicamos cuál es la tarifa de IVA vigente en 2025 para los juegos de suerte y azar, cómo se aplica, a quiénes afecta y qué implicaciones tiene para jugadores y operadores.
¿Qué son los juegos de suerte y azar?
Antes de entrar en el tema fiscal, es importante recordar que los juegos de suerte y azar son aquellos en los que el resultado depende predominantemente del azar, más que de la habilidad del jugador. Entre ellos se incluyen:
- Loterías
- Raspaditas
- Apuestas deportivas
- Casinos físicos y en línea
- Máquinas tragamonedas
- Bingos
- Juegos de cartas como póker o blackjack cuando se juega contra la casa
IVA aplicable a juegos de suerte y azar en 2025
A partir del año 2022, el gobierno federal ha venido reforzando el marco fiscal para esta industria. En 2025, el IVA aplicable a los juegos de suerte y azar se mantiene en el 16 %, como establece la Ley del IVA en su artículo 2.
¿Sobre qué se aplica este 16 %?
El impuesto se aplica sobre el cobro por el servicio de entretenimiento, no sobre el monto apostado ni sobre los premios obtenidos por el jugador. En términos simples:
- Sí paga IVA: La comisión que cobra la casa de apuestas o el casino por permitirte jugar.
- No paga IVA: El dinero apostado o el premio ganado por el jugador (aunque otros impuestos pueden aplicarse a las ganancias).
¿Cómo se calcula el IVA en un juego?
Para entenderlo mejor, veamos un ejemplo práctico:
- Supongamos que compras un boleto para una rifa por \$100 pesos.
- Si el operador ha indicado que ese monto incluye IVA, entonces el desglose sería:
- Precio base sin IVA: \$86.21
- IVA (16 %): \$13.79
- Total pagado: \$100
En el caso de casinos o plataformas en línea, si haces una recarga o pago por fichas electrónicas, también se aplicará este mismo criterio: solo la parte del servicio paga IVA, no el total del fondo con el que apuestas.
¿Quién debe pagar el IVA?
El IVA no lo paga directamente el jugador como una línea separada; sin embargo, está incluido en el precio de entrada, apuestas o servicios ofrecidos por el operador. Es decir:
- Operadores de juegos de azar (casinos, loterías, plataformas en línea) deben:
- Registrar y facturar el IVA correspondiente.
- Declararlo mensualmente al SAT.
- Desglosarlo correctamente en sus comprobantes fiscales digitales (CFDI).
- Jugadores indirectamente lo pagan cuando utilizan estos servicios, pero no tienen que hacer declaraciones individuales por el IVA pagado, a menos que también sean operadores o promotores.
Excepciones y otras obligaciones fiscales
Si bien el IVA es uno de los principales impuestos aplicables, hay otros que deben considerarse:
1. ISR sobre premios
- Si ganas un premio en efectivo o en especie, puede aplicarse una retención del 1 % hasta el 7 % del monto del premio, dependiendo del tipo de juego.
- El operador es quien debe retenerlo y entregarlo al SAT.
2. Derechos especiales
- Los permisos para operar juegos de azar también están sujetos a derechos federales que los operadores deben cubrir anualmente.
- Estos derechos varían dependiendo del tipo de actividad (sorteos, casinos, apuestas en línea, etc.).
3. Regulación local
- Algunos estados pueden imponer impuestos adicionales o licencias especiales para operar. Por ejemplo, Ciudad de México y Jalisco tienen sus propios lineamientos.
¿Qué pasa con las plataformas de juegos en línea?
Desde la reforma fiscal de 2021, las plataformas digitales de apuestas y casinos en línea están obligadas a:
- Inscribirse en el RFC si operan en México o prestan servicios a usuarios mexicanos.
- Retener y enterar el IVA correspondiente.
- Emitir CFDI a solicitud del usuario.
- Informar mensualmente al SAT sobre los ingresos obtenidos por cada jugador.
Esto ha permitido una mayor vigilancia del juego en línea, reduciendo la informalidad y asegurando que las operaciones digitales cumplan con sus obligaciones fiscales.
Recomendaciones para jugadores y emprendedores
Si eres jugador ocasional, no necesitas preocuparte demasiado por el IVA: ya está incluido en lo que pagas. Pero si eres emprendedor o estás pensando en abrir un negocio con juegos de azar, considera lo siguiente:
- Consulta con un contador especializado en temas fiscales del sector.
- Asegúrate de contar con los permisos federales emitidos por la Secretaría de Gobernación (SEGOB).
- Registra correctamente todos tus ingresos y facturas.
- Revisa si tu municipio o estado aplica impuestos adicionales.
Conclusión
En 2025, la tarifa de IVA para juegos de suerte y azar en México sigue siendo del 16 %, aplicable al servicio prestado por el operador, no a las ganancias del jugador. Esta medida busca mantener la recaudación fiscal sin desincentivar el entretenimiento legal. Para jugadores, basta con entender que el impuesto ya viene incluido. Para operadores, es indispensable mantenerse al corriente en sus declaraciones y registros ante el SAT.
Mantenerse informado sobre la carga tributaria de este tipo de actividades permite operar dentro de la legalidad y evitar sanciones. Y para quienes disfrutan de los juegos con responsabilidad, conocer estos datos también ayuda a entender mejor el costo real de su participación.
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